Cuidando la cuenta de pérdidas y ganancias.
Lucro Cesante: durante el período de interrupción total de la actividad. Dos modalidades para que el cliente escoja la más conveniente a su negocio:
- Gastos Generales, para cubrir todos aquellos gastos permanentes (nóminas, seguros sociales, alquileres, servicios de agua, gas, electricidad, tasas, etc.) que continúan gravando el negocio, después de sufrir un siniestro.
- Beneficio Bruto mediante el cual se añadirá a lo anterior, el posible beneficio neto dejado de percibir por nuestro Asegurado.
También se renuncia a la aplicación de la regla proporcional se la desviación de los valores asegurados es inferior al 15%.